Descripción del Refugio:
- Se encuentra a 15 km., del casco urbano, en dirección a Sierra Espuña.
- El refugio dispone de 20 plazas, cuenta con 1 dormitorio de 10 literas, tiene 1 cocina y 1 comedor. Todo ello en una sola planta.
- Dispone de suministro de agua.
- Dispone de suministro eléctrico.
- El refugio cuenta con un reglamento sobre los derechos y deberes de los usuarios.
- Se abre todo el año.
a) Escrito de solicitud, que facilitará el propio Servicio de Atención al Ciudadano.
b) Fotocopia del DNI del solicitante o representante del grupo o asociación.
c) En caso de grupos o asociaciones debidamente constituidas y con fin social que soliciten la ocupación del refugio durante un periodo superior a 3 noches, deben acompañar la solicitud de autorización con un Programa de Actividades.
Los documentos se presentarán personalmente en el Servicio de Atención al Ciudadano en el Ayuntamiento de Totana -Plaza Constitución, 1, 30850 Totana-.
Una vez concedida la autorización se realizará el ingreso de la cuota estipulada en la Cta. Cte. Nº 2090.0035.75.0200144843 de Caja de Ahorros del Mediterráneo, oficina de c/ Puente, s/n en Totana.
En la Concejalía de Juventud (Centro Sociocultural “La Cárcel”) se presentará el resguardo de ingreso junto con la fianza. Una vez se hayan desocupado las dependencias y comprobado que no hay desperfectos se devolverá la fianza.
Actualmente según la Ordenanza Reguladora de Tasas del Ayuntamiento de Totana, la cuota por la ocupación del Refugio de Santa Leocadia es de 7.50 €/persona/día y fianza de 30 €. La fianza se entregará en mano.
5. La solicitud para la utilización del refugio puede presentarse con dos meses máximo de anticipación o un mínimo de 7 días respecto de la fecha de inicio de la utilización del Refugio.
6. No podrán ocuparlo los menores de edad, estos deben ir acompañados de responsables o monitores mayores de edad.
7. El Ayuntamiento no se responsabiliza de la indisponibilidad del refugio en el momento de presentación de la solicitud de autorización. El interesado será responsable de comprobar la disponibilidad del refugio con carácter previo a la presentación de la documentación y pago de la tasa.
8. Será obligatorio presentar la autorización de utilización del refugio, que expedirá la Concejalía de Juventud del Ayuntamiento de Totana, el resguardo de ingreso de la tasa y el D.N.I. del interesado para la recogida de llaves del mismo.
9. La autorización para ocupación del refugio estará supeditada, no obstante, al cumplimiento de los siguientes condicionantes:
9.1. El autorizado está obligado a devolver las llaves del refugio abandonado el refugio.
9.2. El uso del refugio deberá realizase exclusivamente por la persona autorizada y el número de ocupantes del refugio no podrá ser superior a 20 personas.
9.3. La ocupación del refugio por el autorizado estará limitada exclusivamente a los días establecidos en la autorización.
10. Corresponde al Concejal de Juventud, la concesión del permiso de utilización del refugio.
11. Normas a cumplir:
1. No se podrá llevar al refugio: grupo electrógeno, estufas de gas, estufas eléctricas o cualquier otro tipo de electrodoméstico o aparato que sea utilizado para calefacción, aire acondicionado, frigorífico, horno, etc.
2. No se permite hacer fuego en el exterior del refugio aunque sea utilizando una barbacoa.
3. Los residuos derivados de la estancia en el refugio se trasladarán por los usuarios hasta aquellos lugares donde existan vertederos dispuestos expresamente para su acogida.
4. El grupo asegurará la buena utilización y cuidado de la instalación, mobiliario y material, y se abonará en su caso, los desperfectos ocasionados por negligencia o uso indebido. Así mismo se responsabilizará de los posibles daños ocasionados en el entorno de la instalación.
5. El Ayuntamiento podrá denegar el uso de sus instalaciones a grupos que hayan hecho un mal uso de las mismas.
6. Las Normas de utilización del refugio deben ser respetadas en todo momento por las personas alojadas en el refugio.